REGLAMENTO PARA EL INGRESO DE NIÑERAS, ENFERMEROS O PERSONAL DE ASISTENCIA
- El Asociado, Usuario o Comodatario interesado en el ingreso de niñeras, enfermeros o personal de asistencia y cuidado de Asociados ancianos, enfermos y/o discapacitados, deberá:
- Elaborar una solicitud, dirigida al Gerente General.
- Presentar original y copia de identificación oficial (INE), de la persona de la cual solicitan el ingreso.
- Firmar la carta de exoneración de responsabilidad legal para el Club Campestre de Zamora, A.C.
- El Club se reserva el derecho de cancelar el ingreso de niñeras, enfermeros o personal de asistencia.
- Los Asociados, Usuarios o Comodatarios serán responsables ante la Asociación respecto al comportamiento de sus niñeras, enfermeros o personal de asistencia y estarán obligados a cubrir a la Asociación los daños y deterioros que causen en las instalaciones, mobiliario y demás bienes pertenecientes a la misma.
- Las niñeras, enfermeros o personal de asistencia deberán usar el gafete de identificación en todo momento que otorgará el Club, mismo que le permitirá al portador:
- Ingresar y salir del Club, siempre que lo haga en compañía del asociado a su cargo.
- Permanecer en áreas descubiertas y cubiertas siempre en compañía del Asociado, Usuario o Comodatario a su cargo.
- Únicamente los niños menores de siete años podrán ser acompañados por sus niñeras.
- El derecho de ingreso de las niñeras, enfermeros o personal de asistencia se limita a una por familia.
- El Asociado, Usuario o Comodatario tendrá la obligación de comunicar a la gerencia por escrito, la baja de niñeras, enfermeros y personal de asistencia.
- Las niñeras, enfermeros o personal de asistencia no pueden usar ninguno de los servicios destinados a los asociados.
9. Los casos no previstos en el presente reglamento, serán analizados por el H. Consejo Directivo.
Nombre________________________________ Firma ____________________